Uno de los temores más comunes en el ámbito laboral a la hora de que un trabajador decida cogerse una baja laboral por un accidente o por una enfermedad es el miedo a ser despedido por este motivo. Lo cierto es que ninguna empresa puede rescindir unilateralmente el contrato de uno de sus trabajadores si el motivo de este despido es la baja médica justificada, ya sea por razones de enfermedad, lesión o embarazo.
¿Qué hacer si me despiden mientras estoy de baja?
Lo primero que se debe hacer si hemos sido despedidos mientras estamos de baja médica es contactar con un abogado laboralista. En el despacho de Carlos Castro Álvarez llevamos casos de este tipo y tenemos experiencia en el recurso de despidos improcedentes o nulos de todo tipo como puede ser el caso de su despido estando de baja.
Es importante establecer matices y dejar claro que hablamos de despidos improcedentes o sin causas justificadas. Si la empresa tiene motivos de sobra para justificar el despido, éste puede ser ejecutado sin problemas independientemente de que su trabajador se encuentre o no de baja, pues estos motivos no tienen por qué estar vinculados a ella.
La situación se entiende mejor con un ejemplo: Si dos trabajadores se agreden en el puesto de trabajo y fruto de ello se producen una lesión que les incapacita para trabajar, la empresa puede despedirlos. En este caso el despido es por romper el código de conducta y agredir a un compañero, no por estar de baja. Sería un despido disciplinario.
¿Y qué ocurre si se me acaba el contrato?
En este caso hablamos de un ámbito totalmente diferente. Un despido sin causas justificadas cuando estamos de baja médica no es legal, pero la empresa no está legalmente obligada a ampliar el contrato de uno de sus trabajadores si éste concluye mientras se encuentra de baja.
En estos casos lo que ocurre es que por fin el contrato laboral que vincula al trabajador de baja con la empresa queda extinguido de contrato, pero no así la baja. El trabajador seguirá estando de baja médica el tiempo que sea pertinente y, cuando reciba el alta definitiva, podrá ya apuntarse en las oficinas del paro para, si tiene derecho a ella, percibir la prestación por desempleo correspondiente. Mientras tanto seguirá recibiendo prestación por incapacidad temporal.
¿Seguiré cobrando mientras estoy de baja?
Si un contrato finaliza por despido o por fin de contrato y el trabajador ha generado derecho a paro durante el tiempo que ha estado de alta, será la Seguridad Social la que se haga cargo de los pagos de las mensualidades durante el tiempo que el trabajador continúa de baja. En este caso estas mensualidades estarán consumiendo el tiempo de paro que te corresponde. Esto es algo que ocurrirá en el caso de bajas por enfermedad común o por accidente no laboral.
Si la baja es fruto de un accidente laboral o una enfermedad profesional el caso es algo distinto y las mensualidades que percibirá procederán de la Mutua, con la ventaja que conlleva esto al no consumirse tiempo de paro durante este periodo.
Si ha sido despedido durante el tiempo en el que permanece de baja y la empresa no tiene argumentos para aludir que el despido está justificado, búsquenos. El despacho de Carlos Castro Álvarez se encuentra en Santiago de Compostela: No se preocupe por nuestros honorarios, nosotros solos cobramos en el momento en el que usted cobre.