Determinar el importe a percibir tras un accidente laboral es algo para lo que necesitamos tener en cuenta varios factores decisivos. Para ayudarle en este proceso que puede resultar complejo, desde Carlos Castro Álvarez, su abogado laboralista en Santiago, hemos elaborado para usted esta breve guía. ¡Comenzamos!
¿Qué factores influyen en el importe a percibir tras un accidente laboral?
Principalmente, son dos los elementos a tener en cuenta en una situación de estas características: la baja y la indemnización. Veamos, punto por punto, de qué se trata.
Cuando hablamos de la baja, nos referimos a la incapacidad temporal que el trabajador tiene derecho a percibir por parte de la Seguridad Social en caso de accidente. Esta incapacidad puede ser temporal o permanente, en caso de que se haya sufrido un accidente de tal gravedad, por lo que en este caso se convertiría ya en una pensión vitalicia por parte del Estado.
Cuando hablamos de indemnización, nos referimos al importe que el trabajador tiene derecho a cobrar en caso de accidente laboral, por lesiones permanentes no invalidantes, por una incapacidad total o parcial o por una responsabilidad extracontractual de la empresa.
Las cuantías están sujetas pues a distintas variaciones y circunstancias, según la que atañe al trabajador en cada caso particular. Por ello, es de vital importancia analizarlas convenientemente y contar con la asistencia de un servicio de asesoramiento legal especializado en este tipo de situaciones, para emprender las reclamaciones oportunas. En Carlos Castro Álvarez, su abogado laboralista en Santiago, le ayudamos en todo este proceso hasta conseguir que puede percibir la máxima indemnización legal posible por el daño sufrido en caso de accidente laboral.
¿Qué tipos de cuantías puedo percibir tras un accidente laboral?
Dependerá del tipo de incapacidad que se produzca tras el accidente. En caso de incapacidad permanente, la cual se tasa si el afectado conserva reducciones anatómicas o funcionales tras la aplicación del tratamiento, podrá declararse Incapacidad Permanente Parcial (IPP), una disminución de la capacidad de trabajo no inferior al 33%, pero que permite al trabajador realizar las funciones fundamentales de su oficio, o Incapacidad Permanente Total (IPT), la cual inhabilita al empleado para desarrollar todas las tareas implicadas en su oficio, si bien le permite dedicarse a otra profesión.
En caso de Incapacidad Permanente Parcial (IPP) se cobrará una indemnización de 24 mensualidades de la base reguladora en pago único y sometida a IRPF. En caso de Incapacidad Permanente Total (IPT) el trabajador podrá percibir una pensión vitalicia equivalente al 55 % de la base reguladora.
No obstante, son muchos los matices que pueden hacer variar las cuantías. Por lo que la recomendación, para obtener un acompañamiento óptimo en el proceso, es contratar los servicios de un abogado especializado como Carlos Castro Álvarez, su abogado laboralista en Santiago.