Cuando nos acercamos a la edad de jubilación, son muchas las personas que se preguntan cuándo podrán definitivamente dejar su trabajo y cuál será la cantidad de dinero exacta que recibirán como contraprestación en sus años de retiro laboral. Debido al envejecimiento demográfico, son muchos los analistas que estiman que se deberían aumentar los años de cotización o reducir las cuantías de las pensiones, lo cual lleva a cambios y promesas de los distintos partidos políticos.
Es por ello que cada vez más los ciudadanos de a pie están confundidos y no saben realmente la cantidad de dinero que se pierde por jubilarse dos años antes de lo debido, por poner un ejemplo. Con el fin de aclarar esta información, desde el despacho de abogados de Carlos Castro Álvarez hemos elaborado este artículo.
¿Cuánto se reducirá mi pensión si me jubilo dos años antes?
La edad de jubilación ordinaria establecida en España se ha incrementado ligeramente desde 2013, así como el mínimo de años cotizados para cobrar la pensión completa. Para resumir, las personas que quieran acceder a la jubilación en 2022 deben tener mínimo 65 años y haber cotizado 37 años y 6 meses o más. No obstante, hay muchos matices que aclarar.
Si no se alcanzan dichas cifras de tiempo cotizado a la Seguridad Social, se deberá esperar a tener 66 años y 2 meses. En 2021 había que hacerlo hasta los 66 años, es decir, dos meses menos que los actuales. Esta cifra se incrementará gradualmente hasta los 67 años que quedarán fijados en 2027.
En primer lugar, dos años es el máximo tiempo que podemos anticiparnos a la jubilación, conforme a la edad legal que resulte de aplicación en cada caso (bomberos, policías y otros trabajos tienen cifras diferentes a las comunes, por ejemplo) y ha de tenerse mínimo 35 años cotizados. En 2022, como la edad ordinaria de retiro son los 66 años y dos meses en caso de tener menos de 37 años y seis meses cotizados, podría solicitarse la jubilación anticipada a los 64 años y dos meses, como máximo. En el supuesto de que sí se tengan cotizados 37 años y seis meses o más, la edad ordinaria para jubilarse serían los 65 años y, consecuentemente, la anticipada podría pedirse a los 63, como máximo.
En cuanto al porcentaje de reducción sobre la base reguladora, dependerá del tiempo cotizado. Tomando como ejemplo los dos años exactos (24 meses) de jubilación anticipada, veríamos que una persona que ha cotizado menos de 38 años y 6 meses tendría una penalización del 21 %. En cambio, una persona que lo haya hecho 44 años y 6 meses o más, perdería un 13 %.
Abogado laboralista en Santiago
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